LA PRENSA
La Junta Autonómica, integrada por prefectos y cívicos de Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando, sostiene que el régimen autonómico debe establecer, en la nueva Constitución, la “cualidad legislativa” para aprobar “normas departamentales” que, en calidad de leyes, se apliquen en el ámbito regional.
El asesor externo por la autonomía de Santa Cruz, Juan Carlos Urenda, dijo a La Prensa que las autonomías departamentales deberán tener carácter “normativo y ejecutivo”, porque ése es su espíritu.
Esta aclaración se efectuó frente a las discrepancias que existen en el Movimiento Al Socialismo (MAS), partido en función de Gobierno, acerca de la estructura que tendrá la autonomía en el capítulo de la Constitución Política del Estado.
En la comisión Visión de País, el MAS propugna la definición de regiones autónomas, respetando las que se vayan a establecer en los departamentos. Sin embargo, el oficialismo también prevé la creación de territorios autónomos para los pueblos indígenas.
El MAS indica que las entidades autónomas sólo tendrán atribuciones administrativas, pero —en ningún caso— podrán establecer legislaciones departamentales o regionales.
Según Urenda, la propuesta de la “media luna” no viola ninguna normativa ni tampoco el régimen constitucional, porque en el referéndum autonómico efectuado en julio de 2006 se aprobó el carácter legislativo que deben tener las autonomías.
Para este objetivo, el programa de la Junta Autonómica propone el establecimiento de una “Asamblea Legislativa Departamental”, que se encargará de aprobar las “normas departamentales”.
Según el especialista cruceño, en el occidente del país, especialmente entre los constituyentes del MAS, existe cierto temor en la división del país por la capacidad legislativa que puedan tener los departamentos.
Urenda aclaró que esto no significa que se adoptará un sistema federal, pues su alcance será únicamente departamental.
Además, esta “capacidad legislativa” está ligada a las funciones que el Gobierno central le delegue a través de atribuciones y competencias.
En este sentido, los sectores de Salud, Educación, Cultura, Régimen Tributario y Administrativo, Medio Ambiente y Administración de Recursos Naturales serán parte de las áreas en las que la Asamblea Legislativa podría adoptar normas regionales, según el proyecto de la Junta Autonómica.
Urenda destacó que el cobro de impuestos también formará parte de la cualidad natural y propia de los departamentos autonómicos. “El tributo le pertenece a cada ciudad, la creación de las tazas de impuestos entre otros lo determinará la Asamblea Constituyente”.
Sin embargo, las instituciones de la Policía y las Fuerzas Armadas estarán a cargo del Gobierno, señaló el asesor externo autonómico.
En diversas ocasiones, el prefecto de Santa Cruz, Rubén Costas, aseguró que las instituciones de orden y seguridad no serán competencias de los departamentos autonómicos.
En diálogo con La Prensa, el vicepresidente del Comité Cívico de Santa Cruz, Carlos Dabdoub, indicó que la Asamblea estará compuesta por representantes provinciales y departamentales de la “media luna”.
Según el representante, los legisladores departamentales tendrán que ser elegidos democráticamente por voto directo de los ciudadanos.
“Esta Asamblea o Consejo tendrá que normar y legislar todo aquello que este dentro de las atribuciones que le otorgue la nueva Carta Magna”.
Acerca de las competencias que emanarán de la nueva Constitución, Dabdoub explicó que las atribuciones no serán impuestas, sino que cada departamento podrá asimilar “gradualmente” estas disposiciones, según las características de las regiones autonómicas.
Una de las primeras tareas que afrontará la Asamblea Departamental, luego de su constitución, será la creación del estatuto departamental.
Urenda indicó que este estatuto determinará las capacidades que tendrá cada uno de los departamentos, y esto, según el asesor, depende de la cultura de cada región, el número de habitantes, los recursos naturales, hidrocarburíferos, entre otros.
Los lineamientos de la propuesta autonómica señalan que este estatuto deberá ser entregado en un plazo de un año como mínimo.
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