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Constituyente Soberana - Construcción participativa de políticas nacionales de tierra, territorio, y recursos naturales en el marco de la asamblea constituyente en Bolivia
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El estatuto distribuye competencias nacionales, sin contar con la voluntad y la decisión del conjunto de los bolivianos que vivimos en otras partes del país. La tierra, la educación, con los tributos departamentales, con políticas energéticas, con medio ambiente, etcétera, que en la Carta Magna vigente están atribuidas a la competencia del Congreso Nacional, por lo tanto, pretender hacer entrar en vigencia una Asamblea Legislativa Departamental para que sancione leyes en el departamento con carácter exclusivo, en relación a determinadas materias que en la actualidad le corresponden al Parlamento Nacional, obviamente conlleva a una ruptura del orden constitucional vigente. |
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La propaganda de la derecha difama a la NCPE de Oruro diciendo que es solo para indígenas, sin embargo
Da respuesta a la realidad de nuestro país (Art. 1), da respuestas a las necesidades sociales de todos los sectores: empresarios, y clases medias (Arts. 13 al 145).
El Estado se obliga a beneficiar a los ciudadanos y ciudadanas con salud, integridad, educación, agua, gas, vivienda, alcantarillado, luz, teléfono fijo e incluso telefnía celular e Internet (Art. 15-20).
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